Gestión de Colonias Felinas
PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE COLONIAS FELINAS URBANAS
El capítulo VI de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece el marco legal para la gestión de poblaciones felinas en libertad, colonias con origen en gatos abandonados, extraviados o merodeadores sin esterilizar y de las camadas procedentes de éstos, que son producto de la tenencia irresponsable. Se introduce el concepto de gato comunitario, el gato libre que convive en entornos humanos y que no es adoptable debido a su falta de socialización, y se establece una gestión integral de los mismos con métodos no letales, basados en el método CER, con el objetivo de reducir progresivamente su población mientras se controla el aporte de nuevos individuos con la identificación y esterilización obligatoria de los gatos con hogar.
El Artículo 39 reseña que “en ausencia de otra previsión en la legislación autonómica, y respetando el ámbito competencial establecido por la legislación vigente, corresponde a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, a cuyos efectos deberán desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas”.
En el artículo 11.3 de la Ordenanza municipal relativa a la protección de los animales de compañía y de espectáculos públicos y su tenencia, de 9 de marzo de 2017, se prohíbe, por razones de Salud Pública y protección del medio ambiente urbano, el suministro de alimentos y bebida a animales vagabundos o abandonados. Se excluyen de esta prohibición las colonias controladas de gatos con autorización municipal.
La finalidad principal que se persigue con la gestión municipal es minimizar los problemas generados por la presencia de poblaciones felinas no controladas, mejorando así la convivencia entre los ciudadanos y con los propios gatos comunitarios que habitan en nuestras calles.
El programa se lleva a cabo mediante una estrategia de gestión integral protagonizada por la aplicación del método CER (Captura-Esterilización-Retorno, con microchipado, desparasitación y vacunación), unido a la implantación de buenas prácticas de alimentación y sanitarias para garantizar el bienestar de los animales y la salubridad del entorno. Ligado a esta gestión también se fomentará la adopción de los gatos sociables y la tenencia responsable de los animales con propietario en lo relativo a su identificación y esterilización.
Para poder ejecutar las acciones del programa el Ayuntamiento establece el censo y geolocalización de las colonias felinas ubicadas en su término municipal. Su registro se realiza fundamentalmente gracias a la colaboración ciudadana, informando de la localización de las mismas.
La localización y registro de las colonias felinas puede ser realizada:
a) Mediante registro de oficio por parte de los servicios municipales, como consecuencia de incidencias o avisos formulados por la ciudadanía o por cualquier organismo o entidad.
b) Mediante la solicitud de cualquier persona que esté atendiendo o quiera atender a un grupo de estos animales y desee obtener la acreditación como cuidador de la misma. La persona que lo solicite deberá cumplimentar y remitir el formulario y documentación correspondiente mediante registro electrónico o mediante registro presencial en los organismos destinados a tal fin.
Ambas solicitudes se encuentran a disposición de la ciudadanía y se pueden descargar en el apartado de Documentación relacionada y formularios.
Para la gestión de las colonias felinas se podrá autorizar a personas cuidadoras que, de manera voluntaria y altruista, realicen las actuaciones previstas en los procedimientos y protocolos del Ayuntamiento al respecto.
a) Requisitos:
– Ser mayor de edad.
– Solicitar la acreditación para alguna colonia felina registrada por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina o, en caso de no estarlo, notificando su existencia y ubicación.
– Disponer del certificado de aprovechamiento del curso de ”Formación en materia de buenas prácticas en gestión de colonias felinas” impartido por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina o cualquier otro equivalente.
– El importe para la obtención de esta acreditación es gratuito.
b) Procedimiento para obtener y conservar la acreditación:
– Una vez solicitada la acreditación, los técnicos municipales comprobarán si la colonia felina reúne las condiciones adecuadas en su gestión.
– El acceso a aquellos espacios que lo requieran precisará de autorización adicional de sus titulares, personas propietarias o responsables mediante un acuerdo por escrito en los términos que se determine.
– Si se reúnen los requisitos de gestión, se pondrán en contacto con el interesado para suscribir el correspondiente Compromiso de colaboración establecido por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, con la aceptación del Manual de buenas prácticas en gestión integral de poblaciones felinas y la entrega de la acreditación. De no ser así, será asesorado sobre cómo corregir los posibles problemas existentes para poder recibir dicha acreditación y quedará a la espera de una nueva inspección que compruebe la efectiva realización de los cambios solicitados.
– Las personas designadas como cuidadoras recibirán una acreditación que será personal e intransferible y que deberá aportarse cuando se requiera por la autoridad competente, acompañada de cualquier otro documento identificativo. Será válida, únicamente, para el periodo y ubicaciones que en ella se señalen y para la ciudad de Talavera de la Reina.
c) Renovación de acreditaciones:
– Se realizará de forma automática y con carácter anual si se han pasado favorablemente las inspecciones periódicas.
– Las personas autorizadas serán avisadas para que, en un mismo acto, registren su compromiso de continuar siendo cuidadoras de la colonia y recojan el carnet que les acredita.
d) Renuncia y revocación de acreditaciones para la gestión de colonias felinas:
– La expedición de esta acreditación implica la aceptación, por parte de su titular, de los compromisos y responsabilidades que corresponden a la condición de cuidador, incluida la aplicación del conjunto de buenas prácticas e instrucciones que les sean facilitadas o indicadas. Su conservación está supeditada a su adecuado cumplimiento.
– En cualquier momento, la persona colaboradora podrá renunciar a su compromiso en la gestión de una colonia felina mediante la correspondiente solicitud registrada por escrito, suponiendo la devolución de la acreditación correspondiente.
– No se expedirán o renovarán dichas acreditaciones cuando se compruebe que las condiciones de gestión de la colonia no son conforme a lo establecido; se estén generando molestias o problemas objetivos a los vecinos y/o al entorno achacables a una deficiente actuación por parte de las personas cuidadoras. Tampoco cuando se considere que se está realizando un uso inapropiado o fraudulento de las mismas. En estos casos se podrán retirar las acreditaciones aunque estén vigentes.
– La falsificación de documentos puede llevar aparejada la correspondiente responsabilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 390 y siguientes de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. De acuerdo con ello, se recuerda que queda terminantemente prohibida la manipulación, modificación, o falsificación de estos documentos y de los datos contenidos en ellos, habiendo de asumir su titular, y/o la persona que utilice o en cuyo poder se encuentre el posible documento modificado o falsificado, las responsabilidades que en consecuencia pudieran derivarse.
1. Conozco la existencia de un grupo de gatos en la calle y me preocupa esta situación. ¿Qué debo hacer?
En este supuesto debe usted informar de su existencia al Ayuntamiento para que se pueda proceder a su registro e intervención sobre ellos acorde a los protocolos del programa de gestión de colonias.
Con la gestión de colonias felinas se aplica el método CER, mediante el cual se los captura, esteriliza y devuelve a su entorno, identificados mediante microchip, vacunados y desparasitados. Esto producirá una disminución de la natalidad y una reducción progresiva del número de gatos en la colonia y los problemas asociados.
Para notificarlo puede usar la solicitud que encontrará en el apartado de Documentación relacionada y formularios, presentándola a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Talavera o en otro registro de forma presencial.
2. Me gustaría obtener el carnet para alimentar a los gatos de la calle. ¿Cómo puedo hacerlo?
Para este trámite debe informar al Ayuntamiento si ya está colaborando o si desea colaborar como voluntario en el cuidado de estos animales, ya que está prohibido alimentar animales en la calle sin la correspondiente autorización municipal.
Para ello puede usar la solicitud que encontrará en el apartado de Documentación relacionada y formularios, presentándola a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Talavera o en otro registro de forma presencial.
Puede informarse del procedimiento más ampliamente en el apartado: Obtención de la autorización y acreditación como persona cuidadora de colonias.
3. Veo habitualmente a alguna persona que alimenta a un grupo de gatos en la calle. ¿Cómo debo proceder?
Puede tratarse de personas legalmente autorizadas por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina para ejercer estas acciones; podrá dirigirse a ellas de forma cordial para solicitarles información y conocer si se trata de personas autorizadas.
Si usted sospecha que no poseen la pertinente acreditación o considera que sus prácticas no son las adecuadas en ese momento podrá avisar a la Policía Local para informarles de los hechos y que puedan personarse a hacer las comprobaciones oportunas. En ningún caso se debe increpar o amenazar a estas personas por lo que estén haciendo.
Para conocer las buenas prácticas de gestión puede consultarse el Manual de buenas prácticas incluido en el Programa de gestión integral de poblaciones felinas, en el apartado de Documentación relacionada y formularios.
4. ¿El Ayuntamiento de Talavera retira gatos de la calle?
Los gatos comunitarios que se agrupan en colonias felinas no se consideran animales abandonados. En el Programa de gestión integral de poblaciones felinas no se contempla como norma general la retirada de gatos de sus colonias, sino su gestión mediante el método CER y aplicando las buenas prácticas en alimentación y salubridad con los animales y el entorno.
Únicamente los animales sociables con indicios de tener propietario o los que estén heridos en la vía pública podrán ser retirados por el Servicio de recogida municipal, tras el correspondiente aviso por parte de la Policía Local.
5. Me he encontrado con un gato dócil en la calle. ¿Qué puedo hacer?
En tal caso, lo primero será averiguar si se trata de un animal con propietario, comprobando si está identificado mediante microchip, obligatorio para la especie felina en Castilla-La Mancha. Para ello puede llamar a Policía Local para que le den las indicaciones pertinentes.
En caso de tener que personarse con el animal en la comisaría para comprobar la presencia de microchip, será indispensable llevarlo dentro de un transportín para evitar que el animal se escape y se pierda de nuevo. Evite transportarlo con cualquier tipo de arnés, en brazos o suelto dentro de un vehículo.
Opcionalmente, puede colaborar en la localización de los posibles dueños preguntando y poniendo carteles de búsqueda por la zona o difundiéndolo a través de redes sociales en páginas destinadas a tal efecto.
6. He visto una camada de gatitos recién nacidos en la calle. ¿Cómo puedo actuar?
En este tipo de situaciones, aunque parezca que los gatitos están solos, los más probable es que su madre esté cerca. La práctica recomendada consiste en dejar a estos animales donde estén para permitir que continúen atendidos por la madre. Los cachorros lactantes recogidos sin su madre tienen menos posibilidades de poder sobrevivir a pesar de los cuidados que les podamos proporcionar, y su madre estaría expuesta a posible mastitis derivado de la separación precoz de sus cachorros.
Para que no quede ninguna duda, podrá usted vigilar discretamente durante unas horas para comprobar si vuelve o no la madre. Si, tras unas horas, ve que ésta no vuelve puede ponerse en contacto con la Policía Local para que le faciliten las indicaciones pertinentes.
En el caso de lactantes o cachorros que estén claramente en situación de abandono (en bolsas, contenedores, etc.) se trata de un delito contemplado en el Art. 337 del Código Penal y deberá avisar a Policía Local para informar del hecho. En estos casos podrá usted interponer la correspondiente denuncia en Policía Nacional o en el Juzgado de Guardia.
7. ¿A dónde debo dirigirme si encuentro un gato malherido o fallecido en vía pública?
Para estas situaciones el teléfono de contacto es el de Policía Local, la cual procederá a activar el Servicio de recogida municipal que corresponda.
8. ¿Qué debo hacer si sospecho de un caso de maltrato de animales en una colonia felina?
El delito de abandono y el de maltrato sobre animales domésticos se contemplan ambos en el Código Penal. Si presencia o tiene sospecha de un caso de maltrato animal, ya sea sobre un gato de colonia o sobre cualquier otro animal, debe ponerlo en inmediato conocimiento de la Policía Local de Talavera de la Reina. En estos casos podrá usted interponer la correspondiente denuncia en Policía Nacional o en el Juzgado de Guardia.
9. Me preocupa que los gatos de la calle me transmitan alguna enfermedad o parásitos. ¿Qué debo hacer?
Generalmente los gatos de la calle no están socializados con el ser humano, por lo que evitarán el contacto con nosotros. Las enfermedades felinas más frecuentes sólo se transmiten entre gatos y las que podrían transmitir al hombre (zoonosis) son altamente improbables, por su baja incidencia y por la falta de contacto con nosotros.
Para la posible existencia de parásitos e infestaciones por pulgas, garrapatas, etc. en el entorno urbano el Ayuntamiento aplica periódicamente procedimientos de limpieza y de control de vectores.
Además, cuando los gatos de colonia se capturan para esterilizar, en dicho procedimiento se incluye también su desparasitación interna y externa y la vacunación contra la rabia, obligatoria por ley para estos animales.
10. Tengo una colonia felina dentro de un terreno de mi propiedad. ¿Puede el Ayuntamiento llevárselos o esterilizarlos?
Para esta situación particular el Ayuntamiento deberá analizar toda la información disponible para poder informarle si procede o no su gestión pública mediante el Programa de gestión integral de colonias felinas. En ningún caso se retirarán gatos de un recinto de titularidad privada salvo excepciones muy específicas.
Para este particular, debe usted informar de la existencia de la colonia para que se le pueda facilitar una respuesta adecuada a la problemática. Use para ello la solicitud incluida en el apartado de Documentación relacionada y formularios y entréguela mediante registro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Talavera o en otro registro de forma presencial.
11. Cuido de una colonia felina asentada en un recinto que no es un espacio público y tengo problemas con los propietarios, vecinos, etc. ¿Qué puedo hacer?
En caso de propiedades de titularidad privada, cualquier actividad que se efectúe en ellas debe realizarse con conocimiento y autorización de sus propietarios.
En los casos de conflicto, los técnicos del Ayuntamiento de Talavera podrán mediar con la propiedad a fin de verificar la situación e informar de la estrategia del Ayuntamiento en relación con la gestión de los gatos comunitarios, con el objetivo de buscar una solución efectiva a la problemática planteada.
Para este particular debe usted informar en primer lugar de la existencia de la colonia, exponiendo la problemática generada. Use para ello la solicitud incluida en el apartado de Documentación relacionada y formularios y entréguela mediante registro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Talavera o en otro registro de forma presencial.
12. No encuentro la solución a mi problema en las cuestiones anteriores. ¿Cómo puedo resolver alguna duda u obtener más información?
Dirigiéndose al siguiente correo electrónico: sanidad@talavera.org
A los teléfonos: 925813565 o 925722772
O bien presencialmente en la Concejalía de Sanidad, en el Centro Municipal Jaime Vera en C. San Francisco 12 de Talavera de la Reina.
Documentación relacionada y formularios:
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